Liquidación de Gratificación Legal
Ley N° 27735 — Régimen General (100%)
1. Datos y Base Legal
2. Cómputo del Semestre
3. Liquidación Neta a Pagar
Calculadora de Gratificación (Fiestas Patrias / Navidad)
Calcula la gratificación legal y bonificación extraordinaria de salud conforme a la Ley N° 27735.
Variables e Inafectación Previsional: No se descuenta AFP ni ONP. Si el colaborador realizó horas extras o cobró comisiones en al menos 3 meses del semestre (ene-jun o jul-dic), se suma el total percibido y se divide entre 6 para incorporarlo a la remuneración computable.
1. Régimen, Cobertura y Sueldo
2. Conceptos Variables (Horas Extras, Comisiones)
Sin conceptos variables. Pulsa en "Agregar Concepto" si percibió comisiones u horas extras en el semestre.
Total Neto a Pagar
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Ver Servicio de PlanillasGuía Normativa: Gratificaciones Legales de Fiestas Patrias y Navidad
Marco regulatorio conforme a la Ley N° 27735, D.S. N° 005-2002-TR y Ley MYPE D.L. N° 1086.
🎁 1. Concepto y Plazos Improrrogables de Pago
Las gratificaciones legales son beneficios sociales obligatorios que los empleadores de la actividad privada deben abonar a sus trabajadores dos veces al año: por Fiestas Patrias (15 de julio) y por Navidad (15 de diciembre). La fecha límite de pago es improrrogable; si el día 15 cae en día inhábil, el depósito debe efectuarse el día hábil anterior.
📐 2. Remuneración Computable y Criterio de Variables
La base computable comprende el sueldo básico vigente al 30 de junio (para julio) o 30 de noviembre (para diciembre), sumado a la asignación familiar. Para conceptos imprecisos o variables (horas extras, comisiones o producción), la ley exige que hayan sido percibidos al menos en 3 meses dentro del semestre computable (enero-junio o julio-diciembre), promediándose la suma total entre 6.
🛡️ 3. Bonificación Extraordinaria e Inafectación Previsional
Por mandato de la Ley N° 30334, las gratificaciones no están afectas a aportes previsionales (descuento del 13% de ONP o AFP). Adicionalmente, el 9% que el empleador pagaría a EsSalud se entrega directamente al trabajador como una Bonificación Extraordinaria. Si el trabajador está cubierto por una Entidad Prestadora de Salud (EPS), la bonificación extraordinaria es del 6.75%.
⚖️ 4. Régimen MYPE y Fiscalización de SUNAFIL
En la Pequeña Empresa (REMYPE), el beneficio equivale a media remuneración computable (50%) más su correspondiente bonificación extraordinaria. En la Microempresa (REMYPE) no corresponde el pago de gratificación. No pagar la gratificación completa y a tiempo constituye una infracción grave ante SUNAFIL, sancionable con multas económicas y generación automática de intereses laborales.